La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este martes las reformas que incorporan la figura de violencia vicaria en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en los Códigos Civil y Penal federales. Durante la sesión, el pleno de la ministros reconoció que estas normas fortalecen la protección de las mujeres frente a nuevas formas de violencia y contribuyen a garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La Corte resolvió así una acción de inconstitucionalidad que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió en contra de la inclusión de la violencia vicaria en dichas normas, argumentando posibles conflictos legales debido a que -en su opinión- podría no cumplirse el objetivo de erradicar toda forma de violencia familiar, ya que el enfoque principal está en las mujeres. Sin embargo, la SCJN determinó que las reformas son constitucionales y confirmó que la legislación fortalece la protección de las mujeres y la niñez frente a esta forma de violencia, conocida también como violencia vicaria.

En el proyecto aprobado, que presentó la ponencia de la ministra Lenia Batres, se argumenta que reconocer la validez de los artículos impugnados tiene la finalidad de garantizar la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia en contra de las mujeres durante su ciclo de vida, y promover su desarrollo integral y su plena participación en todos los ámbitos de la misma. La ministra Batres también concluyó que definir la violencia a través de interpósita persona como “el acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas”, no implica dejar en desprotección a las niñas, niños y adolescentes. Esto, porque la protección especial obligatoria del Estado mexicano para combatir la violencia que se ejerza directamente en contra de ellos, está garantizada en diversos ordenamientos jurídicos que regulan el delito de violencia familiar. Durante la discusión del proyecto, el ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar, expresó que la violencia vicaria es una de la expresiones más crueles hacia la mujer porque se utiliza a los hijos, familiares y personas cercanas para hacerles daño, lo cual ocurre en el ámbito más íntimo de la víctima. «Se trata de una situación lamentable que se vive en el país y por lo cual es de gran importancia que se tomen medidas legislativas para atender esta problemática general», dijo Aguilar al manifestar su respaldo al proyecto de la ministra Batres. En este sentido, la Corte también aprobó presentar un exhortó al Congreso de la Unión para que precise en el ámbito de sus competencias los elementos correspondientes relacionados a la violencia vicaria, así como las sanciones que pueden aplicarse en los casos que se identifique este tipo de violencia.

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