A toda velocidad, en una sola sesión maratónica, la Cámara de Diputados aprobó la Reforma judicial. En la discusión en lo particular, 136 oradores presentaron 1,600 reservas, pero sólo se aceptaron tres cambios, ninguno propuesto por la oposición. Dos de las modificaciones fueron para jueces y magistrados que serán removidos por efectos de la reforma: una les dará una compensación económica y la otra les permitirá ejercer su profesión incluso en el área en el que laboraban; el tercer cambio fue en materia de género. Aquí te explicamos de qué tratan los cambios hechos a la Reforma judicial .

Pago por participar en elecciones

Como ha ocurrido en las anteriores Legislaturas, centenares de reservas presentadas por la oposición fueron rechazadas, una a una, sólo pasaron tres promovidas por Morena, el Partido del Trabajo (PT) y Verde (PVEM). El vocero de la bancada de Morena, Arturo Ávila, fue quien presentó la reserva con la que se busca reducir las protestas de un sector de los funcionarios judiciales, pues con su aprobación se precisaron las liquidaciones a las que accederán quienes no resulten elegidos para repetir en el cargo, o declinen participar en el proceso. El artículo décimo transitorio de la reforma sólo incluía una leyenda en la que se aseguraba que “los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial de la Federación y de las entidades federativas serán respetados en su totalidad” y se preveía que en los presupuestos se establezcan los recursos necesarios. La reserva consistió en añadir un párrafo para indicar: “Las magistradas y magistrados de Circuito, juezas y jueces de Distrito de la Federación que concluyan su encargo por haber declinado o no resultar electas, sean acreedoras al pago de un importe equivalente a tres meses de salario integrado, 20 días de salario por cada año prestado , así como las demás prestaciones a que tengan derecho, mismas que serán cubiertas con recursos federales a que se refiere el párrafo siguiente al momento de su retiro”.

Quitan ‘candado’ a magistrados y jueces La inclusión de la palabra «juezas»

La segunda reserva admitida la presentó el diputado Jesús Martín Cuanalo Araujo, del PVEM, quien planteó cambiar el segundo párrafo del artículo 101 constitucional en una materia que no había sido propuesta antes, ni por Morena ni en los foros. Esta es para que a los magistrados de circuito y jueces de distrito “no se limite su derecho a ejercer su profesión en Derecho fuera del circuito judicial de su adscripción al momento de dejar el cargo”. Este artículo indicaba que las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal, así como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrían, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación. El legislador reconoció que aunque la redacción original del artículo era un blindaje para evitar corrupción, propuso retirar el candado para no afectar a los jueces y magistrados. “Porque sabemos que en el Poder Judicial existen excelentes juezas, jueces, magistradas y magistrados que aún después de dejar el cargo pueden enriquecer con su conocimiento, profesionalismo y con su experiencia, el ejercicio del derecho y seguir trabajando en beneficio de nuestra hermosa nación”, detalló. Ahora al terminar su cargo no estarán limitados a trabajar dos años y podrán hacerlo fuera de su circunscripción en cualquier parte del territorio nacional. Otra reserva que sí fue aceptada fue presentada por Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del Partido del Trabajo (PT), y consistió en modificar el artículo 17 de la Constitución solamente para incluir la palabra “juezas” en el apartado que obliga a todo juzgador a resolver con expeditez los casos, en un máximo de seis meses contados a partir de que conozcan de un asunto.

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