TEPJF ordena al INE aceptar firmas en papel para consulta de revocación de mandato

Los magistrados votaron de manera unanime para modificar una resolución del INE donde los consejeros electorales habían aprobado que sea a través de una aplicación móvil.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que para la recolección de firmas ciudadanas para pedir la consulta sobre revocación de mandato, acepten firmas en papel y no sólo a través de la aplicación.
Los magistrados votaron de manera unanime para modificar una resolución del INE donde los consejeros electorales habían aprobado que sea a través de una aplicación móvil el mecanismo por el cual se recojan las firmas ciudadanas que piden la revocación de mandato, a excepción de 204 municipios con alta marginación.
La Sala Superior del TEPJF resolvió que tanto el uso de herramientas tecnológicas como los medios físicos son válidos para recolectar las firmas ciudadanas en todo el país. Serán los mismos ciudadanos mayores de 18 años los que elijan el modo por el cual otorgarán su apoyo para impulsar la consulta popular.
El Instituto Nacional Electoral deberá garantizar los formatos de recolección de firmas que se deban utilizar.
"En todo el país, no solo en lugares de alta marginación, se podrán usar tanto medios físicos, como herramientas electrónicas.
Quienes pretendan respaldar el proceso elijan el medio en papel o a través del dispositivo electrónico, conocido como app, por el cuál se otorgará la firma", precisa el resolutivo.
La magistrada Janine Otálora Malassis sostuvo que se debe garantizar la recolección de firmas en papel y en la plataforma electrónica, incluso en las zonas urbanas.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña sostuvo que la aplicación móvil ha resultado segura en otros ejercicios, ya que deja fuera cierta manipulación y es relevante cuando hay poco tiempo, ya que la verificación de papel puede tardar más.
"La ley no prohíbe la posibilidad de establecer recolección de firma por vías de aplicaciones. La recolección en papel si se encuentra expresa en la ley", dijo.
Asimismo, la Sala Superior también confirmó que el voto de los ciudadanos mexicanos en el extranjero deba ser por medio electrónico y no por un mecanismo postal.
Fuente: heraldodemexico.com.mx
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