En punto de las 12 del día de este 25 de agosto del 2025, «El Mayo» Zambada se declaró culpable en la Corte de Distrito de Brooklyn en Nueva York. Ante una sala llena de Fiscales del Departamento de Justicia y más de cuarenta agentes de la DEA, Zambada declaró frente al Juez Brian M. Cogan, su participación y liderazgo al frente de la organización criminal del Cartel de Sinaloa –principales acusaciones de dos diversos indictments en su contra presentados por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos–. En la audiencia ante el Juez Cogan –el mismo juez encargado de juzgar y sentenciar a » El Chapo»– Zambada se declaró, entre otras cosas, culpable de traficar drogas a los Estados Unidos, al menos 1.5 millones de kilogramos de cocaína, además de participar y liderar una organización que, de acuerdo con su dicho, ha causado violencia y costado las vidas de “pistoleros” de su grupo, grupos contrarios, así como a personas inocentes.

En la audiencia, Juez Cogan explicó a Zambada sus derechos, especialmente el de ser juzgado por un jurado bajo los principios de presunción de inocencia y debido proceso; sin embargo, el decidió renunciar a su derecho al juicio y externó su deseo de declararse culpable. Si bien este tipo de acuerdos – plea agreements – son bastante comunes en el sistema de justicia norteamericano, en el caso en particular, resulta especialmente relevante que Zambada decidiera declararse culpable en una condición que muy seguramente implicará prisión de por vida. El Juez, le explicó que uno de los cargos implicaba una sentencia mínima de prisión vitalicia, mientas otro tiene un rango que puede ir de 1 año a prisión vitalicia. En conclusión, pese a que el Departamento de Justicia solicitara cualquier consideración de la audiencia de sentencia – agendada para enero del 2026 – es altamente probable que su sentencia no sea menor a una pena de prisión vitalicia. Aunque un acuerdo con la Fiscalía a cambio de una sentencia prisión vitalicia podría ser a primera vista contraintuitivo, en este caso, resulta bastante claro que la estrategia de la defensa ha estado enfocada en evitar una petición de pena de muerte. Lo cual, fue descartado de la mesa el pasado 5 de agosto, cuando el Departamento de Justicia declaró públicamente que no tenían intención de solicitar la pena de muerte en este caso. Aunado a las penas de prisión, el acuerdo incluye una orden de decomiso de 15,000 millones de dólares. Una vez que el Juez se cercioró de que el acusado, de 75 años, se encontraba en buen estado físico y de concentración, que entendía los cargos y sus consecuencias, así como los derechos a los que estaba renunciando, el Juez procedió a solicitarle que explicara los hechos respecto de los cuales se declaraba culpable. «El Mayo», asesorado por su abogado Frank Pérez –también abogado de los hermanos Treviño del Cártel de los Zetas procesados actualmente en Washington– expuso ante el Juez su participación en el tráfico de drogas desde 1969 y su participación en el Cartel de Sinaloa desde 1986 hasta 2024, cuando fue arrestado y trasladado a los Estados Unidos. Sin embargo, uno de los hechos más relevantes, descritos por Zambada, fue la aceptación de entrega de sobornos a miembros de la policía y de las Fuerzas Armadas, a fin de beneficiar las operaciones del referido Cártel. Lo cual, abre la puerta a ciertas interrogantes respecto a si este acuerdo implicará el intercambio de información relacionada con esos hechos y si, en lo próximo, el Departamento de Justicia emprenderá diversas acciones, no solo contra integrantes de organizaciones, sino también contra de miembros de gobierno en México. Este acuerdo ocurre en el marco de una importante coyuntura, ya que como es bien sabido, el cártel de Sinaloa es considerado por el Gobierno de los Estados Unidos, no solo una organización criminal, sino una organización terrorista, ello derivado de la orden Ejecutiva del Presidente Trump de enero del 2025. Esta designación como organización terrorista junto con otros 5 cárteles mexicanos, implica no solo mayores y más severas sanciones para miembros de estas organizaciones, sino además la posibilidad de que el Departamento de Justicia pueda investigar y perseguir individuos y sociedades que prestan apoyo “material” a estas organizaciones bajo el artículo 18 sección 2339B del Código Federal de los Estados Unidos, que establece como delito federal el proporcionar a sabiendas o intentar o conspirar para proporcionar apoyo material o recursos a una FTO. Este delito, puede alcanzar una pena de hasta 20 años de prisión y ha sido aplicado previamente por el Departamento de Justicia. [1] Asimismo, ciudadanos norteamericanos pueden emprender litigios civiles para solicitar el pago de daños causados por organizaciones terroristas bajo la Anti-Terrorism Act (“ATA”) , con independencia de que los hechos ocurrieran dentro o fuera de los Estados Unidos. Finalmente, las recientes acciones detonadas por el Departamento del Tesoro a través de FinCEN quien recientemente notificó al sistema financiero de EU, la imposibilidad de establecer corresponsabilidad con tres instituciones financieras mexicanas –CiBanco, Vector e Intercam– a partir del próximo 20 de octubre del 2025 [2] , por presuntamente permitir transacciones de carteles mexicanos, incluido el Cartel de Sinaloa, también muestran el gran impacto que estas acciones pueden tener, incluso en el sistema financiero mexicano. Por lo cual, las declaraciones de hoy en la Corte de Brooklyn, pueden tener un impacto mayúsculo más allá del Mayo Zambada. [1] Caso Lafarge, Office of Public Affairs | Lafarge Pleads Guilty to Conspiring to Provide Material Support to Foreign Terrorist Organizations | United States Department of Justice [2] Después de dos prórrogas de 45 sumadas a la primera fecha de entrada en vigor.

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