La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló un recurso presentado por la empresa General Motors para evitar el pago de 2,600 millones de pesos que reclamaba el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como adeudo fiscal. Con siete votos a favor, los ministros aprobaron el recurso que presentó la empresa automotriz por la resolución de un Tribunal Colegiado que la amparaba. El SAT reclamaba un adeudo por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) más recargos y multas correspondientes el ejercicio fiscal de 2008.

El caso viene de hace casi una década. En 2016 y 2017, el SAT determinó que General Motors tenía dos créditos fiscales por ISR consolidado omitido de los ejercicios 2008 y 2011, lo que la empresa impugnó. En marzo de 2024, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó las resoluciones fiscales, y un año después –en febrero de 2025– la empresa promovió un amparo directo por el que el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa determinó que el TFJA debía analizar nuevamente la procedencia de la deducción por pérdidas en la enajenación de acciones. La Secretaria de Hacienda y Crédito Público interpuso un recurso de revisión, que fue admitido por la entonces ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Norma Piña. En respuesta, la empresa interpuso nuevamente un recurso de reclamación contra la decisión del máximo tribunal de justicia de admitir la revisión, y la Corte le dio la razón a General Motors, lo que fue resuelto este jueves.

Las ministras Lenia Batres y María Estela Ríos González votaron en contra del proyecto presentado por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz. La ministra Ríos González señaló que este caso sí es un tema relacionado con la Constitución, pues dijo que el pago de contribuciones es una obligación constitucional. «Por un lado, se le exige al Estado que haga efectivos una serie de derechos que están contemplados y establecidos en la Constitución y, por otro lado, se limita la obligación de los contribuyentes para poder aportar lo que deben», declaró la ministra. Por su parte, la ministra Batres estuvo en contra de revocar este acuerdo recurrido que considera que la SHCP carece de legitimación para interponer el recurso de revisión. “No comparto esa conclusión, hay jurisprudencia fiscal mexicana que ha transitado de un modelo garantista singular de tutela de los contribuyentes. Se ha conformado, lo que algunos autores juristas denominan, ‘la industria del amparo’, aprovechada –mayoritariamente por grandes corporaciones para eludir cargas tributarias–, lo que genera un impacto negativo en la equidad y progresividad del sistema fiscal”, dijo.

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