Septiembre de 2026 llega con un puente que puede ser atractivo para quienes buscan unos días para descansar, viajar o hacer una escapada, pero no todos podrán aprovecharlo. La Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Ley Federal del Trabajo (LFT) establecen calendarios distintos para estudiantes y trabajadores, por lo que el llamado puente no tiene el mismo alcance para ambos.

¿Quiénes podrán disfrutar el puente de cuatro días de septiembre 2026? ¿Qué descanso tendrán los trabajadores en septiembre? Feriados y vacaciones para estudiantes en 2026 y 2027

Del viernes 25 al lunes 28 de septiembre habrá cuatro días consecutivos de descanso para quienes puedan aprovechar este periodo. Este periodo aplica para estudiantes de preescolar, primaria y secundaria , ya que el viernes está marcado como jornada de Consejo Técnico Escolar en el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) . Al sumarse el sábado 26 y domingo 27, los alumnos regresarán a las aulas hasta el lunes 28 de septiembre. Para los trabajadores, el panorama es distinto. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el miércoles 16 de septiembre será día de descanso obligatorio por la conmemoración de la Independencia de México. El martes 15 y el jueves 17 de septiembre no están considerados como días feriados oficiales. Por esta razón, septiembre no tendrá un puente laboral y quienes quieran extender el descanso deberán utilizar días de vacaciones o llegar a un acuerdo con su empleador. Para los alumnos, el calendario 2026-2027 establece como próximas suspensiones de labores docentes el 2 y 16 de noviembre así como el 25 de diciembre de 2026. Durante 2027 están contempladas suspensiones el 1 y 6 de enero, 1 de febrero, 15 de marzo y 5 de mayo.

Cuáles son los días de descanso para trabajadores en 2026

El calendario también contempla jornadas de Consejo Técnico Escolar para el 29 de enero, 26 de febrero, 30 de abril, 28 de mayo y 25 de junio de 2027. Las vacaciones de invierno serán del 21 de diciembre de 2026 al 6 de enero de 2027. Para Semana Santa, el periodo vacacional está programado del 22 de marzo al 2 de abril de 2027. Después del 16 de septiembre, los trabajadores tendrán que esperar hasta noviembre para encontrar el siguiente día de descanso obligatorio. La fecha corresponde al tercer lunes de ese mes , con motivo de la conmemoración de la Revolución Mexicana. El calendario laboral también contempla el 25 de diciembre por Navidad. Además, existe una disposición especial para el 1 de octubre , aunque no aplica cada año: esta fecha es de descanso obligatorio cada seis años cuando corresponde la transmisión del Poder Ejecutivo Federal , de acuerdo con la reforma al artículo 83 de la Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación.

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