Con septiembre llegan también las fiestas patrias y un día de descanso obligatorio para los trabajadores. Sin importar el giro al que se dedique la empresa, todas deben respetarlo y en caso de requerir que sus actividades continúen, deberán pagar el día tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) .
¿Cuánto me deben pagar si trabajo en un día de descanso obligatorio? ¿El 15 de septiembre es día de descanso obligatorio?
El artículo 75 de la LFT establece que las personas que laboran en días de descanso obligatorios, no solo deben recibir el sueldo normal por día, sino también un salario doble por la jornada realizada. Por esta razón, comúnmente se dice que el trabajador debe recibir el equivalente al triple de su salario habitual, pues se suma el pago por un día más un sueldo doble. Por ejemplo, si un trabajador gana 500 pesos por día, en caso de trabajar en un día de descanso obligatorio deberá recibir 1,500 pesos. A menudo, existe la duda sobre si el 15 de septiembre es un día de descanso obligatorio, ya que es la fecha en que se realiza el tradicional Grito de Independencia en el Zócalo y otras plazas públicas del país. Sin embargo, esta fecha no está contemplada por la LFT como un día de descanso obligatorio, por lo que en caso de que te toque trabajar, el pago que recibirás será el habitual. Existen casos particulares de algunas empresas que ofrecen algún incentivo adicional por trabajar este día, o que determinan que sus trabajadores laboren solo media jornada o desde casa, pero se trata de decisiones internas.
¿Me deben pagar más si trabajo el 16 de septiembre?
¿Qué hacer si la empresa no me paga conforme a la ley?
El caso del 16 de septiembre es diferente, pues el artículo 74 de la LFT lo define como un día de descanso obligatorio. Esto significa que las personas que laboren en esta fecha, deberán recibir el “salario triple” que establece la ley, es decir: el pago normal de un día más el doble sueldo. Si se labora un día de descanso obligatorio, pero no se recibe el pago proporcional, los trabajadores cuentan con el respaldo de la Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajo (PROFEDET) . Antes de acudir a esta instancia, se pueden seguir los siguientes pasos: – Revisar el recibo de nómina para confirmar que no se recibió el pago doble que establece la ley. – Hablar con el jefe directo o área de recursos humanos para aclarar el error en el pago. – En caso de que exista una negativa para pagar, se puede presentar una queja ante PROFEDET. Los trabajadores tienen un plazo máximo de un año para reclamar este pago.
¿Cuántos días de descanso obligatorio quedan este año?
El 16 de septiembre no es el último día de descanso obligatorio en el año establecido por la LFT. Estos son las siguientes fechas en el calendario: – 16 de noviembre: puente por aniversario de la Revolución Mexicana. – 25 de diciembre: Navidad. Ambas fechas están contempladas por el artículo 75 de la LFT, por lo que en caso de laborar, se debe recibir el pago establecido.
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