El presidente Andrés Manuel López Obrador presentó este miércoles 18 de septiembre, a 13 días de terminar su sexenio, dos nuevas iniciativas de reforma legal, una en materia de Derechos para afianzar el financiamiento del Tren Maya y el otro en materia de Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. En el primer caso se trata de modificaciones al artículo 18 de la Ley Federal de Derechos para establecer que los ingresos por el pago de derechos que realicen visitantes extranjeros que ingresen al país con fines turísticos se aporten directamente al fideicomiso para financiar el Tren Maya, administrado por la Secretaría de la Defensa Nacional.

En octubre de 2023 se reformó la ley para ordenar que esa fuente de ingresos se destine a la operación de esa obra de infraestructura y la prestación de servicios, administración, explotación, construcción, planeación, proyectos o programas, arrendamiento, obras complementarias y equipamiento; todo lo relacionado con el Tren Maya. Ahora la reforma a esa legislación establece que también podrán dedicarse a tareas y objetivos “relacionados con los objetos sociales de las empresas de participación estatal mayoritaria sectorizadas a la Sedena“, es decir, otras obras de infraestructura que tiene a cargo la Secretaría de la Defensa Nacional. Otro agregado que se propone establecer es que los recursos deben aportarse directamente al Fideicomiso. En su segunda iniciativa el presidente Andrés Manuel López Obrador propone enmendar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para establecer controles más estrictos en la fabricación e importación de armas, prohibir el envío de piezas, partes y componentes de armas por paquetería o Internet; incluso para garantizar que armas que forman parte de evidencias en casos penales permanezcan almacenadas y bajo resguardo de la Sedena. Se propone también regular de manera diferenciada las armas de alto calibre, debido a que causan mayor daño sobre el cuerpo humano; establecer la regulación en el uso de material pirotécnico y sustancias químicas y también reglamentar los artefactos explosivos improvisados, “de uso frecuente por los grupos delictivos en contra de la población “. En este último caso se propone tipificar la fabricación, posesión, portación y uso de ese tipo de artefactos explosivos improvisados y se prohíbe “el envío por el Servicio Postal Mexicano, empresas de mensajería y paquetería plataformas de Internet, de armas, piezas, partes y componentes, municiones, explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias químicas reguladas por la ley”.

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