En aprobación fast track, la Cámara de Diputados avaló con 334 votos a favor y 130 en contra, la minuta a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación para regular las nulidades, quejas y recursos jurídicos que procederán en la elección de integrantes del Poder Judicial. La reforma implica cambios a 15 artículos de esa Ley y entre las novedades destaca que se aumentaron los requisitos para, en su caso, hacer factible la anulación de una elección y dado que los partidos no participan en el proceso electoral judicial, no podrán presentar Juicios de Inconformidad contra sus resultados.

A diferencia de los procesos electorales ordinarios, en que a partir de irregularidades en el 20% de las casillas o la falta de instalación de ese porcentaje de casillas es una de las causales de nulidad, en el caso de la elección judicial ese umbral se elevó al 25% de las casillas instaladas en el territorio nacional, o en el respectivo circuito judicial o circunscripción plurinominal y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos. El artículo 77 ter de la Ley mantuvo el resto de las causales de ley para invalidar el proceso, por ejemplo, cuando la casilla se instale en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente; cuando el paquete se entregue fuera de plazo, la votación se reciba en fecha distinta o haya dolo o error en el cómputo y sea determinante para el resultado de la votación. También procederá la nulidad si se demuestran irregularidades como el hecho de que la candidatura ganadora de la elección resulte inelegible o bien que se acredite el uso de financiamiento público o privado; cuando se acredite que partidos políticos o personas servidoras públicas beneficiaron o perjudicaron indebidamente una campaña de una persona candidata y eso sea determinante para el resultado de la elección. En tanto, para impugnar los actos y resoluciones que restrinjan el derecho de ser votadas las personas candidatas a ministras, magistradas, juezas del PJF en el proceso electoral procederá la figura de Juicio Electoral y también sólo podrán promoverlo las personas que acrediten su interés jurídico como candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial. En ese momento los diputados discuten 128 reservas al dictamen, pero se presentarán compactadas por lo que sólo habrá 16 oradores.

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