La justicia española ha condenado al Barcelona a indemnizar con 7,7 millones de euros (8,2 millones de dólares) por un despido improcedente al futbolista brasileño Matheus Fernandes, informó este martes el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El juzgado de lo Social 10 de Barcelona rechaza en cambio la reclamación de 5 millones de euros (5,3 millones de dólares) por «daños morales y reputacionales» que solicitaba el jugador, en una sentencia que ya ha sido recurrida por el Barça.

 

Fichado en el mercado de invierno de 2020 procedente del Palmeiras, el Barcelona anunció en junio de 2021, tres meses después de llegar a la presidencia Joan Laporta, la rescisión de su contrato, que corría hasta 2025.

Nada más llegar, Matheus jugó directamente cedido en el Valladolid y agosto de 2020, se unió al Barcelona, pero el entonces técnico Ronald Koeman apenas le dio 17 minutos en un partido de Champions.

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Según la sentencia, el Barça alegó el bajo rendimiento del jugador para proceder a su despido, tras apenas año y medio en el club azulgrana. 

 

Lo que rechazó el juez

El juez rechazó esta argumentación afirmando que «ni del contenido del contrato de trabajo de 30 de enero de 2020 ni de la ausencia de real y concreto contenido fáctico de la carta de despido se evidencia insuficiente rendimiento del actor en los entrenamientos».

El magistrado tampoco ve «parámetro comparativo real propio con su anterior rendimiento o con otros jugadores en términos pactados o acreditados que justifique incumplimiento disciplinario alguno».

«No consta en autos ni que por el FCB con anterioridad a los efectos del despido (se reitera, el último día de la temporada 2020-2021) se requiriera en momento alguno al futbolista para que mejorara su rendimiento en los entrenamientos o se intentara el traspaso del jugador a otro equipo», añade el juez.

El magistrado apunta a que «el verdadero motivo de la extinción fue la unilateral decisión empresarial de prescindir y no asumir como parte de su plantilla a un futbolista fichado por la directiva anterior en contra del criterio deportivo de los responsables, secretaría técnica y equipo técnico-entrenador, del club» y por ello declara improcedente el despido.