Las personas que por años trabajaron en el sector público (gobierno y sus distintas dependencias) pueden obtener su jubilación a través del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado ( ISSSTE ). En este caso, existen dos modalidades de jubilación: por el llamado Décimo Transitorio y la Ley del ISSSTE 2007 . En el primer caso, los trabajadores pueden recibir una pensión a través de las distintas modalidades que existen: por jubilación, por edad y tiempo de servicio o bien por cesantía en edad avanzada. Dependiendo de la modalidad que el interesado elija, será el tipo de pensión al que tendrá acceso.
¿Cómo se calcula el porcentaje de pensión por edad y tiempo de servicio en el Décimo Transitorio? Requisitos y documentos para solicitar pensión por edad y tiempo de servicio en el Décimo Transitorio del ISSSTE
De acuerdo con el Décimo Transitorio del ISSSTE, en esta modalidad los años de servicio del trabajador determinarán el monto de la pensión, que será equivalente a un porcentaje del sueldo básico del último año anterior a la fecha de baja. Es importante precisar que en esta modalidad, la persona interesada debe contar con un mínimo de 15 años de servicio. De acuerdo con información de Consar (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) , para jubilarse en esta modalidad, el porcentaje de pensión del sueldo básico es proporcional a los años laborados, además que exige una edad mínima de jubilación de 60 años. Estos son los porcentajes de pensión que se otorgarán, dependiendo de la edad de cada trabajador: – 15 años de servicio: 50% de pensión del sueldo básico. – 16 años de servicio: 52.5% de pensión del sueldo básico. – 17 años de servicio: 55% de pensión del sueldo básico. – 18 años de servicio: 57.5% de pensión del sueldo básico. – 19 años de servicio: 60% de pensión del sueldo básico. – 20 años de servicio: 62.5% de pensión del sueldo básico. – 21 años de servicio: 65% de pensión del sueldo básico. – 22 años de servicio: 67.5% de pensión del sueldo básico. – 23 años de servicio: 70% de pensión del sueldo básico. – 24 años de servicio: 72.5% de pensión del sueldo básico. – 25 años de servicio: 75% de pensión del sueldo básico. – 26 años de servicio: 80% de pensión del sueldo básico. – 27 años de servicio: 85% de pensión del sueldo básico. – 28 años de servicio: 90% de pensión del sueldo básico. – 29 años de servicio: 95% de pensión del sueldo básico. – Estar registrado en una cuenta Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos. – Contar con un mínimo de 15 años de servicio. – Contar con Expediente de Identificación de Trabajador activo. – Se debe presentar identificación oficial (original y copia). – Estado de cuenta de Afore, o algún comprobante que acredite el registro. En caso de no contar con él, solicitarlo directamente a la administradora de Afore. – Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE). – Estado de cuenta bancario a nombre del interesado con CLABE.
¿Cuál es el porcentaje que se otorga en la pensión por cesantía en edad avanzada? Documentos y requisitos para jubilarse por cesantía en edad avanzada
De acuerdo con Consar, en esta modalidad se toma como referencia la edad mínima en la que el trabajador decida retirarse. En esta modalidad, se requiere un mínimo de 10 años de servicio y el monto de la pensión será equivalente a un porcentaje del promedio del sueldo básico del último año anterior a la fecha de baja del trabajador. Estos son los porcentajes vigentes: – 65 años: 40%. – 66 años: 42%. – 67 años: 44%. – 68 años: 46%. – 69 años: 48%. – 70 años o más: 50%. – Estar registrado en una Afore para poder realizar el trámite de disposición de recursos. – Contar con un mínimo de 10 años de servicio. – Contar con Expediente de Identificación de Trabajador actualizado. – Presentar identificación oficial. – Estado de cuenta de la Afore. – Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE). – Estado de cuenta bancario a nombre del interesado con CLABE.
¿Cuál es el porcentaje que se otorga en pensión por jubilación?
A diferencia de los casos anteriores, en esta modalidad se toman en cuenta los años cotizados al ISSSTE y la edad del trabajador. Al cumplir con el mínimo de años cotizados (28 para mujeres y 30 para hombres) y edad, se otorgará una pensión del 100% proporcional al sueldo básico del último año previo a la fecha de baja del trabajador.
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