El 11 de febrero el Senado de la República avaló la reforma constitucional que reduce de 48 a 40 horas la jornada laboral de los trabajadores con un empleo formal. Los legisladores avalaron modificaciones al 123 constitucional con 121 votos a favor en lo general; y 103 votos a favor y 15 contra en lo particular; ahora pasa a la Cámara de Diputados para su discusión y posterior, aprobación. Esta reforma que impacta al sector laboral aún no es oficial pues faltan varias etapas por cumplir. Esta es la ruta legislativa que tiene que seguir.
El objetivo principal de esta reforma laboral es reducir de manera paulatina la jornada laboral a 40 horas semanales, y precisó que, por cada seis días laborales, las personas trabajadoras deberán disfrutar por los menos de un día de descanso con goce de salario íntegro. El dictamen, que modifica el apartado A de ese artículo constitucional, fue remitido a la Cámara de Diputados, luego de que la asamblea lo avaló con 121 votos en lo general y 103 votos a favor y 15 en contra en lo particular, con lo que alcanzó la mayoría calificada requerida para su aprobación.
La ruta legislativa de la reforma laboral ¿Cuál es la ruta legislativa?
Las reformas constitucionales se establecen en el artículo 135 de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al establecer que puede ser adicionada o reformada, siguiendo los requisitos y formalidades previstos en la propia Ley; para ello, el Congreso de la Unión, a través de cada una de sus dos Cámaras, apruebe por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, las reformas o adiciones. En el caso de la reforma laboral fue una iniciativa que presentó la presidenta de la República, Claudia Sheinbuam Pardo al Senado de la República, en donde ya fue aprobada. Tras su aprobación en la Cámara Alta, pasa a la Cámara de Diputados para que apruebe esta reforma. Después, se remite la minuta con proyecto de decreto a los congresos locales de los 31 estados de la república, para su aprobación. “Las legislaturas de los estados aprueban o no la minuta con proyecto de decreto de reforma constitucional, siguiendo al efecto el procedimiento y las formalidades que establezca su constitución y leyes reglamentarias locales, específicamente para las reformas a la Constitución General de la República, o en su defecto el proceso general de formación de las leyes locales”, detalla el Prontuario publicado en la Cámara de Diputados. Los congresos locales remiten su acuerdo, aprobatorio o no, a alguna de las cámaras del Congreso de la Unión. La cámara que cuente con el número de acuerdos aprobatorios suficientes de las legislaturas de los estados (la mitad más uno) hará el cómputo y declaratoria de Reforma Constitucional. La cámara que reciba el dictamen de la reforma legislativa remitirá el asunto al Ejecutivo para efectos de su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que este paso es el último y en el que se hace oficial la reforma constitucional.
¿Aún no es oficial?
La reforma constitucional la impulsó la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo; por lo que al contar con apoyo por parte de Morena, partido al que pertenece, no se observan que haya algunas modificaciones, tal y como se observó en la Cámara Alta en la que los legisladores de oposición presentaron nueve reservas, entre ellas estaba destinar dos días de descanso por semana, pero ninguna pasó. No, esta reforma laboral se reducir la jornada a 40 horas se implementará a partir del 1 de enero de 2027 y después, en la misma fecha hasta 2030, cada año se hará efectiva la reducción: En 2026 entra en vigor y se establece el periodo de transición; en 2027 serán 46 horas; en 2028 de 44; en 2029 de 42 y en 2030 de 40. El gobierno federal puntualizó que la reducción de las horas de trabajo no implica disminución en los sueldos ni prestaciones, además con las modificaciones, por primera vez, se prohíben horas extras para menores de edad.
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