La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló finalmente el Registro Digital de Contratos de Arrendamiento , aunque estableció límites a los datos personales que deberán incluirse tanto del casero como del inquilino . Uno de los puntos más destacados es que se prohibió incluir los datos del casero , así como la descripción exacta del inmueble a rentar. La semana pasada, el Pleno avaló que las rentas en la Ciudad de México no pueden incrementarse por encima de la inflación anual . Sin embargo, quedó pendiente la definición sobre el alcance del registro de caseros y contratos, ante las preocupaciones por la protección de datos personales. El debate se abrió a partir de la postura del ministro Arístides Rodrigo Guerrero, quien advirtió que la información contemplada en el registro podría poner en riesgo la seguridad de las personas arrendatarias, al tratarse de datos sensibles.
¿Qué datos tendrá el registro de rentas? Tras el compromiso del ministro presidente, Hugo Aguilar, de analizar el tema con mayor detenimiento en una sesión posterior,
este miércoles la Corte resolvió qué datos deberán aparecer en el Registro Digital de Contratos de Arrendamiento, acotando su alcance para evitar vulneraciones a la privacidad y la seguridad de las partes involucradas. El
Congreso de la Ciudad de México aprobó en 2025 que los contratos de arrendamiento incluyeran una
amplia lista de datos personales y financieros , con el objetivo de crear un Registro Digital de Contratos de Arrendamiento. Sin embargo, la
SCJN recortó de forma drástica el alcance de ese registro , al considerar que la recopilación de información sensible podía poner en riesgo la privacidad y la seguridad de arrendadores e inquilinos.
Los datos que sí podrán incluirse La Corte determinó que el registro sólo podrá contener la información estrictamente necesaria para dar seguimiento a los precios de las rentas y generar estadísticas públicas. Es decir: -Monto de la renta -Incremento pactado -Colonia del inmueble -Alcaldía donde se ubica la vivienda Estos datos permitirán monitorear la evolución del mercado de arrendamiento sin exponer información personal.
Los datos que quedaron excluidos Todos los demás datos previstos en el artículo 2448 F del Código Civil de la CDMX no podrán integrarse al registro, entre ellos: -Nombre del casero y del inquilino -Ubicación exacta del inmueble -Descripción detallada del inmueble -Forma y lugar de pago -Garantías, depósitos o datos del fiador -Plazo del contrato -Obligaciones adicionales -Datos legales del propietario
La razón del recorte de datos La Corte dejó claro que el
registro no tiene fines de vigilancia ni de fiscalización , sino que busca generar información estadística para medir la evolución de las rentas y evaluar el acceso a la vivienda en la Ciudad de México, sin poner en riesgo la seguridad ni la privacidad de arrendadores e inquilinos. Además, precisó que los datos recabados deberán manejarse bajo estrictos criterios de confidencialidad y protección de datos personales, conforme a la legislación vigente en la capital del país.
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