En medio del enfrentamiento verbal entre Morena y sus aliados con el bloque de PRI y PAN, la Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que hace efectiva la desaparición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). La nueva legislación, de acuerdo con diputados del bloque morenista, establece nuevos mecanismos para la asignación y uso del espectro radioeléctrico; garantiza la supervivencia financiera de los medios comunitarios y el derecho de las audiencias televisivas; para la oposición, consolidará el “Estado autoritario” que vigilará permanentemente a los ciudadanos y sus comunicaciones.

La minuta de la ley fue recibida ayer 30 de junio por la Cámara de Diputados proveniente del Senado y 24 horas después, sin pasar por comisiones dictaminadoras, presentada al pleno. La aprobación en lo general se dio con 369 votos a favor, de Morena, sus aliados y Movimiento Ciudadano, pero con los votos de priistas y panistas, en total 103 en contra, además de tres abstenciones. De acuerdo con los integrantes de Morena, se realizaron 25 cambios sustanciales a la iniciativa original presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, luego de que ésta propusiera, entre otros elementos, un polémico artículo 109, que hacía posible el bloqueo temporal de plataformas digitales, por decisión del titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), actualmente José Merino. Por ese y otros artículos la Ley avalada recibió el mote de “Ley censura”. De acuerdo con la , oposición se mantuvieron los riesgos, sobre todo en intervención a comunicaciones privadas. “A través de artículos transitorios ocultos como el trigésimo, se pretende que el gobierno controle todos los números de telefonía celular. Sí, se lo están entregando al gobierno de Morena, el poder perseguir, intervenir y manipular. Con esta ley nace un Big Brother, un Big Brother a la mexicana, un ente vigilante entrometido autoritario que todo lo ve y todo lo escucha y no para proteger, sino para intimidar y someter a sus opositores”, denunció el priista Erubiel Lorenzo Alonso Que. Este legislador se acompañó de un ataúd real, pues «el cadáver de la libertad, de los derechos y la democracia ya ha muerto en nuestro país», dijo. Miguel Angel Monraz, del PAN, destacó que la ley se matizó y se retiraron artículos que propuso Sheinbaum y causaron protestas de la sociedad civil. “Logramos retirarlos, como el artículo 109, que querían sancionar lo que ves, lo que escuchas y lo que podías decir. Se retiraron también artículos como el 201, 202 o 210, que querían sancionar previamente a los periodistas y a los comunicadores internacionales”, recordó, pero, alertó, se, mantienen artículos que confirman que ésta es la formalización de un gobierno cada vez más autoritario”, dijo el panista. Por el contrario para Morena la legislación tendrá sólo bondades. La morenista Dolores Padierna planteó: “Esta ley es un parteaguas porque el Estado recupera el papel rector para garantizar una cobertura social universal. Regresa el espectro radioeléctrico a su carácter de bien público” y se rescata y fortalece el papel de los medios públicos. “Se protege la libertad de expresión, la diversidad cultural, la identidad nacional. A las audiencias se les garantizan sus derechos mediante de defensorías capacitadas, códigos de ética y mecanismos de denuncia efectiva. Crea a la ATD con la capacidad técnica y humana para asegurar que nadie quede fuera de la digitalización”, dijo. Destacó que se abarata el costo del espectro radioeléctrico para quienes lleven la conectividad a zonas rurales, a zonas marginadas. “Las telecomunicaciones y la radiodifusión ya no será más un mero negocio para unos cuantos, sino una herramienta para el desarrollo del país», destacó. También refirió que “se restituyen los derechos de las audiencias que ganamos en el 2014 y que fueron mutilados en 2017 por Enrique Peña Nieto”.

¿Es cierto que habrá espionaje?

En posición media se ubicó Movimiento Ciudadano (MC), que en lo general votó a favor y anunció que votará en contra en lo particular. La diputada Patricia Flores explicó el voto porque se eliminó la facultad de Gobernación de censurar contenidos extranjeros y ya no habrá permisos ni autorizaciones previas para que entre información del exterior. “Esto protege la libertad de expresión y el derecho a la información. Cuarto. Los temores de censura inmediata, de suspensión arbitraria de transmisiones fueron limitados. Se requiere un apercibimiento previo y, aunque no nos convence del todo, es un paso lejos de la discrecionalidad absoluta”, dijo. Sí se permite la geolocalización en tiempo real de teléfonos celulares. Se obliga a que todas las líneas de telefonía móvil deban estar asociadas a un usuario final y que los servicios de telecomunicación móvil sólo podrán ser otorgados a personas que presenten su Clave Única de Registro de Población (CURP). Se establece un título séptimo “De la colaboración con la justicia” en la que específicamente se detallan las obligaciones de los concesionarios y operadores de cumplir con requerimientos en materia de seguridad y justicia. Se establece, por ejemplo, en el artículo 183 fracción IV que deberán “contar con un área disponible las 24 horas del día y los 365 días del año, para atender los requerimientos de información como a localización geográfica e intervención de comunicaciones privadas a que se refiere este título”. Los concesionarios deberán tener un enlace disponible con las instancias policíacas y con facultades amplias y suficientes para atender los requerimientos que se formulen al concesionario o al autorizado. Los concesionarios de telecomunicaciones y los autorizados deberán colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica, en tiempo real, de los equipos terminales en los términos que establezcan las leyes. Además cualquier omisión o desacato será sancionada por la autoridad. En el artículo 183 se establece que “las comunicaciones privadas son inviolables. Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada”. Sin embargo el registro de líneas telefónicas, de acuerdo a la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia recién aprobada por ambas cámaras del Congreso, deberá estar en la Plataforma Central de Inteligencia (PCI) y de forma interconectadas todas las bases de datos. A esa PCI podrán acceder todas las instituciones del Sistema Nacional de Seguridad, entre otras la Secretaría de Seguridad o la Guardia Nacional (GN), es decir la Secretaría de la Defensa Nacional.

¿Qué más contiene la ley?

Se da paso a la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones con las funciones de regulación, supervisión y formulación de políticas públicas del sector. Se faculta a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) —órgano desconcentrado de la nueva ATDT— a suspender de forma precautoria las transmisiones de medios de comunicación que violen los derechos de las audiencias, previo apercibimiento. Dada la desaparición del IFT será esa CRT la que combata la preponderancia y establecerá la regulación asimétrica y las sanciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión y fijará tarifas a los proveedores de servicios. Sin embargo no será un órgano autónomo sino desconcentrado de la ATD, integrado por cinco comisionados nombrados en forma escalonada por el Ejecutivo federal y ratificados por el Senado. La propuesta de ley surgió a raíz de que en abril se difundieran en televisión nacional mensajes intimidatorios y denigrantes hacia los migrantes, emitidos por la secretaria de Seguridad de Estados Unidos, Kristi Noem. La presidenta propuso en la nueva ley que ese tipo de mansajes de gobiernos extranjeros no se difundieran o pudieran salir del aire. Pero en su propuesta original sugirió incluso que mensajes de tipo comercial no pudieran difundirse en el espectro mexicano, con lo que tampoco podrían emitirse programas de todo tipo provenientes de otros países, lo que fue eliminado. Se permite sin embargo a la Secretaría de Gobernación suspender la difusión de publicidad proveniente de gobiernos extranjeros en medios nacionales, salvo cuando se trate de anuncios con fines culturales, turísticos o deportivos. Se permite a los medios comunitarios viabilidad financiera al incorporar la venta de tiempo aire para publicidad. Los estados podrán destinar de uno a 10% a servicios de publicidad para radiodifusoras comunales. Se introdujo la figura de la defensoría de las audiencias para concesionarios privados de televisión a fin de garantizar los derechos de la sociedad, incluyendo la atención de sectores como las personas con discapacidad.

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